¿Qué es la responsabilidad civil?


¿Qué es la responsabilidad civil?

El concepto de responsabilidad civil en terminología jurídica deriva de los artículos 109 a122 del Código Penal, y es la misma que la prevista en los artículos 1902 y siguientes del Código Civil. El Código Civil dice exactamente: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Según esta definición, podemos simplificar definiendo la responsabilidad civil como:

Obligación legal de responder económicamente, a través de una indemnización o reparando los daños, por aquellos actos realizados que hayan provocado daños materiales o personales o perjuicios a un tercero.

Normalmente la persona causante de los daños es la que debe responder ante terceros, pero hay ocasiones donde el responsable es distinta de la persona cusante. Esto se denomina “responsabilidad por hechos ajenos”. Por ejemplo, como cuando se obliga a responder a los padres por daños causados por sus hijos menores de edad.

Tipos de Responsabilidad Civil

Los elementos que deben existir en relación con la Responsabilidad Civil son:

  1. Elementos personales. Deben existir dos partes como mínimo. Una será la que ha sufrido el daño y la otra la que tiene obligación de repararlo.
  2. Lesión. Por lesión se pueden entender daños físicos causados a una persona, daños materiales o un incumplimiento de lo pactado previamente en un contrato.
  3. Relación de causalidad. Es necesario demostrar que la actuación de la persona responsable fue la causa de los daños causados.

Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual

A veces también se suele diferenciar entre responsabilidad civil contractual y responsabilidad civil extracontractual. La responsabilidad civil contractual es en la que el daño deriva del incumplimiento o la transgresión de un contrato, por ejemplo, en la falta o retraso de entrega de una obra. Hablaremos de responsabilidad civil extracontractual, cuando tengamos que responder de un daño o perjuicio causado independientemente de la existencia o no de relación jurídica o contrato entre las partes.

Aunque la Responsabilidad Civil es una obligación que tenemos todos los ciudadanos, puede tener como origen uno de los siguientes:

  • Contractual. Este tipo de Responsabilidad Civil se origina por la existencia de un contrato en el que se recogen las sanciones a las que se enfrentarán las partes en caso de incumplimiento de sus obligaciones.
  • Extracontractual. A diferencia del anterior, la responsabilidad en este caso se deriva de la obligación de hacer frente a los daños causados a terceros, pero no se encuentra recogida en un contrato de forma previa. Uno de los tipos de Responsabilidad Civil extracontractual más comunes son los daños a vecinos, por ejemplo los causados por el agua.
    Independientemente del origen por el que se ha generado la Responsabilidad Civil existen multitud de seguros que cubren la obligación de reparar los daños causados a terceros en diferentes situaciones.