Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE


Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE

Seguro de Daños materiales por el cual el asegurador se obliga a indemnizar los daños que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas, siempre y cuando vayan adecuadamente envasadas o embaladas de acuerdo con su naturaleza y medio de transporte.

Dirigido a:

  • Cargador (comprador/vendedor, en su condición de propietario).
  • Intermediarios (Transitarios, Agencias de transporte, Agentes aduaneros).
  • Transportistas (autónomos o empresas de transporte).
  • Organizadores de exposiciones y propietarios de obras de arte.

Ventajas del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE

  • Para el propietario: su patrimonio no se verá afectado en caso de que la mercancía sufra un daño con ocasión del transporte.
  • Para los intermediarios: no tendrá que hacer frente a ningún tipo de reclamación en caso de que la mercancía, que esté bajo su ámbito de responsabilidad, sufra un daño.

Coberturas obligatorias del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE

  • Incendio, rayo o explosión, cualquiera que sea su origen, excepto la combustión espontánea.
  • Accidente del medio de transporte.
  • Gastos de Salvamento.
  • Riesgos extraordinarios.
  • Riesgos de huelgas.

Coberturas opcionales del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE

  • Daños durante la carga y/o descarga.
  • Roturas ocasionadas durante el transporte.
  • Sustracciones parciales de contenido con rotura de embalajes o envases.
  • Robo.
  • Falta de entrega de bultos, mojaduras, podredumbre, incendio en lugares cerrados.

Modalidades del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE

  • Póliza a prima fija: Es apropiada para los propietarios de camiones, porque la prima se establece por una anualidad, en función del capital máximo asegurado por vehículo.
  • Póliza flotante: Encaminada principalmente a atender las necesidades de los propietarios de mercancías, esta póliza obliga al asegurado a dar comunicación de cada uno de los viajes realizados, estableciéndose una tasa para cada uno de ellos en función de la mercancía asegurada.
  • Póliza flotante fija: Dirigida también a los propietarios de las mercancías, se diferencia por la obligación que implica al asegurado de comunicar a MAPFRE el volumen anual previsto de mercancías transportadas. En función de este volumen se atribuye una tasa anual, regularizable si ese volumen estimado es mayor o menor al previsto. Esta modalidad es más adecuada para aquellos clientes con viajes muy frecuentes que quieran evitarse la incomodidad de dar comunicaciones diarias.
  • Póliza temporal: Su objeto es dar cobertura a un viaje eventual.