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Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE
Seguro de Daños materiales por el cual el asegurador se obliga a indemnizar los daños que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas, siempre y cuando vayan adecuadamente envasadas o embaladas de acuerdo con su naturaleza y medio de transporte.
Dirigido a:
- Cargador (comprador/vendedor, en su condición de propietario).
- Intermediarios (Transitarios, Agencias de transporte, Agentes aduaneros).
- Transportistas (autónomos o empresas de transporte).
- Organizadores de exposiciones y propietarios de obras de arte.
Ventajas del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE
- Para el propietario: su patrimonio no se verá afectado en caso de que la mercancía sufra un daño con ocasión del transporte.
- Para los intermediarios: no tendrá que hacer frente a ningún tipo de reclamación en caso de que la mercancía, que esté bajo su ámbito de responsabilidad, sufra un daño.
Coberturas obligatorias del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE
- Incendio, rayo o explosión, cualquiera que sea su origen, excepto la combustión espontánea.
- Accidente del medio de transporte.
- Gastos de Salvamento.
- Riesgos extraordinarios.
- Riesgos de huelgas.
Coberturas opcionales del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE
- Daños durante la carga y/o descarga.
- Roturas ocasionadas durante el transporte.
- Sustracciones parciales de contenido con rotura de embalajes o envases.
- Robo.
- Falta de entrega de bultos, mojaduras, podredumbre, incendio en lugares cerrados.
Modalidades del Seguro de Transportes Terrestre MAPFRE
- Póliza a prima fija: Es apropiada para los propietarios de camiones, porque la prima se establece por una anualidad, en función del capital máximo asegurado por vehículo.
- Póliza flotante: Encaminada principalmente a atender las necesidades de los propietarios de mercancías, esta póliza obliga al asegurado a dar comunicación de cada uno de los viajes realizados, estableciéndose una tasa para cada uno de ellos en función de la mercancía asegurada.
- Póliza flotante fija: Dirigida también a los propietarios de las mercancías, se diferencia por la obligación que implica al asegurado de comunicar a MAPFRE el volumen anual previsto de mercancías transportadas. En función de este volumen se atribuye una tasa anual, regularizable si ese volumen estimado es mayor o menor al previsto. Esta modalidad es más adecuada para aquellos clientes con viajes muy frecuentes que quieran evitarse la incomodidad de dar comunicaciones diarias.
- Póliza temporal: Su objeto es dar cobertura a un viaje eventual.