¿Qué es la asegurabilidad?

Asegurabilidad

Asegurabilidad puede significar o bien si un tipo particular de pérdida (riesgo) puede ser asegurado en teoría, o si un cliente en particular es asegurable por una empresa en particular debido a la circunstancia del caso y la calidad asignado por un proveedor de seguros relacionados con el riesgo que un cliente determinado tendría.

Un individuo con muy bajo asegurabilidad puede decirse que es asegurable, y una compañía de seguros se negará a emitir una póliza a tal solicitante. Por ejemplo, un individuo con una enfermedad terminal y una esperanza de vida de 6 meses sería asegurables para el seguro de vida a término. Esto es debido a que la probabilidad es tan alta que el individuo muera dentro de la vigencia del seguro, que él / ella presentaría un pasivo demasiado alto para la compañía de seguros. Un similar y estereotipada, ejemplo podría ser un seguro contra terremotos en California.

Asegurabilidad es a veces un problema en la jurisprudencia de la responsabilidad civil y contratos. También viene en cuestiones relacionadas con tontinas y otros esquemas de fraude de seguros. En la ley de bienes inmuebles y de bienes raíces, la asegurabilidad del título significa los bienes raíces es comercializable.

Características de los riesgos asegurables

Riesgo que pueden ser asegurados por empresas privadas comparten típicamente siete características comunes.

  • Un gran número de unidades de exposición similares. Puesto que el seguro opera a través de la agrupación de recursos, la mayoría de las pólizas de seguro se proporcionan para los miembros individuales de las grandes clases, permite a las aseguradoras se benefician de la ley de los grandes números en los que predijeron las pérdidas son similares a las pérdidas reales. Las excepciones incluyen Lloyd de Londres, que es famoso por asegurar la vida o la salud de los actores, actrices y figuras del deporte. Sin embargo, todas las exposiciones tendrán particulares diferencias, que pueden dar lugar a diferentes velocidades.
  • La pérdida definitiva. La pérdida se lleva a cabo en un tiempo conocido, en un lugar conocido y de una causa conocida. El ejemplo clásico es la muerte de una persona asegurada en una póliza de seguro de vida. Incendios, accidentes automovilísticos, lesiones y de los trabajadores de todo pueden fácilmente cumplir con este criterio. Otros tipos de pérdidas sólo pueden ser definida en teoría. enfermedad profesional, por ejemplo, puede implicar la exposición prolongada a condiciones perjudiciales en ningún momento, el lugar o la causa específica es identificable. Idealmente, la hora, el lugar y la causa de una pérdida deben ser lo suficientemente claro que una persona razonable, con información suficiente, pudo comprobar objetivamente los tres elementos.
  • La pérdida accidental. El evento que constituye el gatillo de una reclamación debe ser fortuita, o al menos fuera del control del beneficiario del seguro. La pérdida debe ser «puro», en el sentido de que es el resultado de un evento para el cual no sólo la oportunidad de costo. Eventos que contienen elementos especulativos, como los riesgos de los negocios ordinarios, por lo general no se consideran asegurable.
  • Pérdida grande. El tamaño de la pérdida debe ser significativa desde el punto de vista del asegurado. Las primas de seguros deben cubrir tanto el costo esperado de las pérdidas, más el costo de emisión y gestión de la política, el ajuste de las pérdidas, y suministrar el capital necesario para asegurar razonablemente que el asegurador podrá pagar las reclamaciones. Para las pequeñas pérdidas de estos gastos pueden ser varias veces más grande que el costo esperado de las pérdidas. No tiene mucho sentido en el pago de dichos gastos a menos que la protección que se ofrece tiene un valor real a un comprador.
  • Prima asequible. Si la probabilidad de un evento asegurado es tan alta, o el costo del evento tan grande, que la prima resultante es grande en relación con la cantidad de protección que se ofrece, no es probable que alguien va a comprar un seguro, incluso si en oferta. Además, como la profesión contable reconoce formalmente en las normas de contabilidad financiera, la prima no puede ser tan grande que no hay una posibilidad razonable de una pérdida importante para el asegurador. Si no existe tal posibilidad de pérdida, la transacción puede tener la forma de seguro, pero no la sustancia. (Véase el Financial Accounting Standards Board EE.UU. número estándar 113)
  • Pérdida calculable. Hay dos elementos que deben estar al menos estimable, si no formalmente calculable: la probabilidad de pérdida, y el coste de operadora. La probabilidad de pérdida es generalmente un ejercicio empírico, mientras que el costo tiene más que ver con la capacidad de una persona razonable en posesión de una copia de la póliza de seguro y una prueba de pérdida asociada a una reclamación presentada en virtud de que la política para hacer una razonablemente definido y evaluación objetiva de la cantidad de la pérdida recuperable como resultado de la reclamación.
  • Riesgo limitado de manera catastrófica grandes pérdidas. las pérdidas asegurables son idealmente independiente y no catastrófica, lo que significa que las pérdidas de uno no ocurren todos a la vez y las pérdidas individuales no son lo suficientemente graves como para arruinar la aseguradora; aseguradoras prefieren limitar su exposición a la pérdida de un solo evento en alguna pequeña parte de su base de capital, del orden de un 5 por ciento. El capital limita la capacidad de las aseguradoras para vender un seguro contra terremotos, así como un seguro de viento en zonas de huracanes. En los EE.UU., el riesgo de inundación está asegurada por el gobierno federal. Un caso en el que la cuestión de si existe asegurabilidad se impugna es el caso de la nanotecnología. En seguro contra incendios es posible encontrar propiedades individuales cuyo valor total expuesta es muy por encima de restricción de capital de cualquier asegurador individual. Estas propiedades son generalmente compartidas entre varios aseguradores, o están asegurados por un solo asegurador que reparte el riesgo en el mercado de reaseguros.

Interés asegurable 

Interés asegurable se refiere al derecho de propiedad a ser asegurado. También puede significar el interés de un beneficiario de una póliza de seguro de vida para demostrar la necesidad de las ganancias, llamada la «doctrina interés asegurable». En concreto, el interés asegurable es:

Un interés basado en una expectativa razonable de ventaja pecuniaria a través de la seguridad de la vida, la salud y corporal seguido de otra persona, y, en consecuencia, la pérdida por razón de su muerte o incapacidad; o un interés sustancial engendrada por el amor y el afecto si estrechamente relacionados por la sangre o por la ley.

De este modo, los maridos / esposas tener un interés asegurable en su cónyuge, y los niños tienen un interés asegurable en sus padres (y viceversa). Los parientes cercanos se supone que tienen un interés asegurable en la vida de los familiares, pero los parientes más lejanos, como primos y parientes políticos no pueden comprar seguro de la vida de otros relacionados con estas conexiones.

Una persona se presume que tiene un interés asegurable en su propia vida, prefiriendo estar viva y en buen estado de salud en lugar de estar enfermo, herido o muerto. Si una persona obtiene una póliza de seguro en su propia vida, se presume que la persona sólo nombrar a un beneficiario que desea el asegurado de estar vivo y sano.

Una persona se considera que tiene un interés ilimitada en la vida de su cónyuge, que la ley considera ampliamente equivalente a tener un interés asegurable en su propia vida. Incluso si no depende económicamente de la otra, es legítimo para asegurarse contra la muerte de un cónyuge. A pesar de que muchas compañías de seguros aceptan las políticas de las parejas de hecho, que potencialmente podrían ser invalidados. En los últimos años, se han dado pasos para aprobar disposiciones legales claras en este sentido, que todavía no han dado fruto. Un tratamiento similar se amplió recientemente a los socios civiles bajo la sección 253 de la Ley de Asociación Civil de 2004 y en la ley de alguna estados.

Interés asegurable ya no es estrictamente un elemento de contratos de seguros de vida en virtud del derecho moderno, por ejemplo, con los acuerdos de viático y donaciones de caridad. A menudo no hay ningún requisito hoy que el beneficiario tiene un interés asegurable demostrado en la vida del asegurado cuando el asegurado ha comprado el seguro.