Seguros de riesgo o para casos de muerte


Seguros de riesgo o para casos de muerte

Los seguros de riesgo o para casos de muerte son un tipo de seguros de vida en los cuales el capital contratado es pagado inmediatamente después del fallecimiento del asegurado si éste ocurre antes de finalizar el plazo de duración del seguro. Si la persona asegurada sobrevive a ese periodo el seguro queda cancelado, quedando las primas satisfechas a favor de la compañía aseguradora.

Existen dos tipo de seguros de riesgo: los seguros temporales y los seguros de vida entera.

Seguros temporales

El seguro temporal cubre el riesgo de fallecimiento prematuro antes de terminar el contrato. En este tipo de seguro impera el componente riesgo por encima de otras variables. Su duración es de un año renovable de forma tácita hasta un número determinado de periodos. Su coste no suele ser muy alto y permite contratar coberturas elevadas.

Los seguros temporales suelen contratarse para proteger obligaciones hipotecarias, garantía de cancelación de deudas o como protección adicional para la familia.

Seguros de vida entera

Por su parte, los seguros de vida entera extienden sus coberturas durante toda la vida del asegurado de forma permanente, sin plazo. La indemnización se paga inmediatamente después de la mearte del asegurado, cualquiera que sea el momento en que esto ocurra.

En ocasiones se añade la opción de la restitución del capital asegurado si el se ha sobrevivido a determinada edad, dando por finalizado el contrato. En este caso se trataría de un seguro mixto, de vida y muerte.

En cuento a los seguros de vida entera, existen dos modalidades:

  1. Seguros de vida entera a primas vitalicia, en los que las primas se pagan durante toda la vida del asegurado, habiendo así una cobertura continua
  2. Seguros de vida entera a primas temporales, en los que el pago se realiza solo durante unos años o hasta el fallecimiento del asegurado.

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