Seguro de coche a terceros


Seguro de coche a terceros

El seguro de coche a terceros es el más sencillo y básico, como indica su nombre. Es el seguro mínimo que por ley tiene que tener todo coche para poder circular. Se conoce como seguro a terceros o seguro básico.

Todo seguro de coche a terceros debe incluir el seguro de responsabilidad civil que se exige para circular. Este tipo de cobertura cubre los daños materiales y personales que el coche asegurado cause a terceros. El coche asegurado y el propio conductor quedan fuera de la protección del seguro obligatorio.

Este seguro básico suele incluir una extensión de la responsabilidad civil que se conoce como responsabilidad civil suplementaria que amplía económicamente el seguro de responsabilidad civil del asegurado.

La responsabilidad civil por remolques y caravanas, y para los objetos transportados en el vehículo, también suele estar incluida en un seguro a terceros. Junto con la defensa jurídica, reclamación de daños y la asistencia en viaje.

El seguro de conductor empieza también a incorporarse en las pólizas a terceros pero no siempre es así, por lo que es importante que tengas en cuenta este detalle al comparar y elegir tu seguro de coche.

La reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros por daños al vehículo asegurado y/ o personales, a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, completa las coberturas de las que se disfruta con un seguro a terceros.

El seguro de coche a terceros es obligatorio y cubre los daños que podamos ocasionar con nuestro vehículo a otros conductores o vehículos cuando seamos los “culpables” del accidente o del daño. A la obligación que tenemos los conductores de responder de nuestros actos (o del de terceros a nuestro cargo o con nuestro vehículo) al volante se la conoce como responsabilidad civil y a la modalidad de seguro que la cubre “seguro de responsabilidad civil obligatorio”.

Esta responsabilidad está regulada por ley* y se define así:

Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil ……. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.

El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulaciónEn el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos a la culpa exclusiva del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.

El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor cuando esté vinculado con este por alguna de las relaciones que regulan los artículos 1.903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal. Esta responsabilidad cesará cuando el mencionado propietario pruebe que empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.

El propietario no conductor de un vehículo sin el seguro de suscripción obligatoria responderá civilmente con el conductor del mismo de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por éste, salvo que pruebe que el vehículo le hubiera sido sustraído.

En euros, esta responsabilidad civil que cubre el seguro a terceros por ley es de hasta 15.000.000 € por siniestro por los daños materiales que causemos y de hasta 70.000.000 € por siniestro para los daños corporales que causemos a dichos terceros con motivo de nuestra conducción, cualquiera que sea el número de víctimas. Ojo, porque todo lo que exceda estas cuantías lo tendremos que pagar de nuestro bolsillo si las indemnizaciones superasen estas cuantías. Por esta razón las aseguradoras nos ofrecen seguros obligatorios que cubren más cuantías, pero que aceptamos de forma voluntaria vía una mayor prima de seguros: los seguros a terceros ampliados.

El seguro a terceros, el más básico de todos

El seguro más básico que existe es la Responsabilidad Civil Obligatoria (RCO). Es el que por ley todo vehículo a motor debe tener. Todos lo reconocemos como el seguro a terceros básico, ya que cubre los daños que haces a un tercero.

A este seguro a terceros se le puede añadir la cobertura de robo, rotura de lunas e incendio. Dependiendo de la compañía, puedes optar por distintas combinaciones de seguro: terceros+robo, terceros+lunas, terceros+robo+incendio… A esta modalidad se le conoce como terceros ampliado y, si incluye las tres opciones, se llama terceros completo.

El seguro a terceros es el seguro más standard dentro de los que vamos a definir ya que en comparación con un terceros ampliado o un todo riesgo, cuenta con menos coberturas pero que en muchas ocasiones nos puede ser suficiente. Las pólizas a terceros incluyen el seguro de responsabilidad civil que cubre las lesiones causadas a terceros y los daños producidos a los ocupantes, además, en caso de accidente, si el conductor del otro vehículo sufre daños graves o fallece, la compañía aseguradora indemnizará con la cuantía que estuviera estipulada por la ley. Los topes que se han establecido por la ley a la hora de pagar indemnizaciones son los siguientes:

  • Daños Materiales o transporte de animales: Se ha establecido un máximo de 99.871 euros por siniestro
  • Daños personales a terceros: Se establecido un máximo de 349.550 por persona.

Los seguros a terceros también incluyen una serie de coberturas que nos pueden ayudar en determinadas situaciones como la Defensa Jurídica para afrontar todos los procesos legales en caso de necesitarlo. Otra de las coberturas más interesantes es el servicio de asistencia en carretera o viaje ya que nos garantizan un servicio de grúa a nivel nacional (muchas veces a nivel europeo) y así nunca nos tendremos que preocupar de quedarnos tirados en carretera ya que dispondremos de un teléfono al que podremos llamar para solicitar una grúa y en caso de que tu coche se pueda arreglar in situ se arreglará, y en caso de no poder arreglarse in situ, se te remolcará hasta el taller de confianza más cercano para que puedas efectuar la reparación y proseguir tu viaje. Cabe destacar que con este seguro cualquier persona con carnet que conduzca el vehículo se encuentra asegurada pero si el conductor aún es nobel y tiene menos de 25 años de edad, se pueden ver las indemnizaciones mencionadas anteriormente rebajadas por la aseguradora.

Seguro a terceros o de responsabilidad civil obligatorio

Es el seguro de coche obligatorio, es decir, el seguro mínimo al que obliga la ley para todos los vehículos y, por tanto, también es el más básico. Sólo cubre los daños ocasionados a terceras personas o a otro vehículo tras sufrir un siniestro en el que tú, como conductor, has sido el culpable. En este caso, los daños que sufra tu coche o el conductor no quedan cubiertos y correrán por tu cuenta. En cambio, sí cubre al resto de ocupantes o pasajeros porque se consideran terceras personas.

¿Cuándo me interesa un seguro a terceros? La antigüedad del coche es clave en la decisión, además de la situación económica de cada uno. A partir de los ocho años posiblemente las visitas al taller sean más frecuentes, todo dependerá de los kilómetros que lleve a sus espaldas, e irá perdiendo valor. Con los años, la depreciación del coche aumenta y también los costes de mantenimiento, por lo que si tu coche con más de ocho años sufre un siniestro tiene más posibilidades de ser declarado siniestro total porque el elevado coste de la reparación no compensará a la aseguradora y tú recibirás una indemnización baja.