Seguro de vida temporal


Seguro de vida temporal

Con los seguros de vida temporal, la póliza se suscribe por un tiempo determinado, que es el periodo por el que estará cubierto el asegurado. Es decir, si el asegurado no sufre ningún daño de los que estén cubiertos en el seguro durante ese tiempo (fallecimiento o invalidez), la aseguradora no tendrá que pagar la indemnización, por lo que el dinero invertido no podrá recuperarse. La prima de este tipo de seguro de vida sí irá cambiando a lo largo de los años, por lo que es más recomendable para personas jóvenes que estén pensando en hacerse un seguro de vida, ya que al tener menos edad, su prima será más barata.

Por lo tanto, este seguro se puede contratar por días (como los seguros de vida en viajes), por unos años (por ejemplo, por 10 o 20 años desde el momento de la suscripción de la póliza) o hasta una edad determinada, como los 65 años.

En este caso, el cliente puede suscribir la póliza durante un plazo de tiempo concreto, es decir, no se trata de un plazo permanente sino de un periodo determinado que puede oscilar desde unos días, varios años o hasta que el cliente cumple una determinada edad. Estos lapsos están orientados a cubrir necesidades concretas como, por ejemplo, irse de viaje o con el objetivo de proteger el desarrollo de una actividad o profesión de riesgo que pasados unos años finalizará.

Comparador de seguros de vida

Como resulta evidente, si el asegurado no sufre ningún percance durante el periodo acordado, la aseguradora no abonará ningún tipo de indemnización. En todo caso, se trata de una póliza muy ventajosa para la gente joven, pues suele ser barata par este tipo de público y muy gravosa para las personas mayores. Asimismo, debemos comentar que este tipo de seguro cuenta con distintos tipos de primas que el asegurado deberá desembolsar.

  • Prima creciente o renovables: se trata de un pago que de forma anual se modifica en función a la edad que va alcanzando el asegurado. Cuanto mayor sea el asegurado, más pagará por el servicio, en referencia a su mayor tasa de mortalidad.
  • Prima nivelada o constante: en este caso, el tomador pagará más de lo que le corresponda por su edad los primeros años en forma compensatoria, es decir, para pagar menos de lo que tocaría en un futuro.
  • Prima decreciente: para, por ejemplo, préstamos bancarios. El beneficiario será la propia entidad bancaria y la aseguradora abonará el pago restante que quedase pendiente.