Generali Accidentes Familiar
Protege a los tuyos con el seguro GENERALI Accidentes Familiar.
Tu seguridad y la de los tuyos es lo más importante, por eso te ofrecen la mejor solución, GENERALI Accidentes Familiar, el seguro especialmente pensado para dar respuesta a las necesidades económicas derivadas de los accidentes que surgen en el desarrollo de la vida cotidiana, en el ámbito familiar.
GENERALI Accidentes Familiar te garantiza en caso de accidente, además del Capital Asegurado a abonar en el momento del accidente, una prestación en forma de renta mensual creciente anualmente, que te permitirá disponer de una gran tranquilidad económica, incluso mucho tiempo después del percance.
El seguro de accidentes familiar está basado en módulos cerrados que incluyen coberturas en caso de fallecimiento, invalidez permanente parcial y absoluta y hospitalización por accidente, así como servicios de asistencia personal y asistencia en viaje.
VENTAJAS:
- GENERALI Accidentes Familiar te ofrece la posibilidad de contratar cualquiera de los tres módulos de capital preestablecidos e incluir en una sola póliza a tu unidad familiar, con importantes descuentos en función del número de asegurados.
COBERTURAS:
Fallecimiento por Accidente
Garantiza el pago de:
- Un capital de hasta 90.000 euros si el Asegurado falleciera a causa de un accidente.
- Una renta mensual de hasta 900 euros durante un plazo de 5 años.
En esta garantía se incluye:
Servicio de gestoría
En caso de fallecimiento a causa de un accidente, este servicio se encarga de la gestión de los trámites necesarios que el beneficiario tenga que realizar con entidades u organismos públicos, como la obtención de documentación oficial referente al fallecimiento o la tramitación de las pensiones públicas, de viudedad u orfandad, que corresponda otorgar a la Seguridad Social.
(*) Para hijos asegurados menores de 23 años se establece un capital de hasta 3.000 euros en concepto de gastos de sepelio.
Invalidez Permanente por Accidente (*)
Garantiza el pago de:
- Un capital de hasta 90.000 euros en caso de invalidez permanente absoluta o parcial del Asegurado.
- Una renta mensual de hasta 1.800 euros durante un plazo de 5 años.
(*) Para hijos asegurados menores de 23 años se garantiza el pago de:
- Un capital de hasta 90.000 euros en caso de invalidez permanente absoluta o parcial del Asegurado.
- Una renta mensual de hasta 2.700 euros durante el plazo de 10 años.
Hospitalización por Accidente (no contratable para hijos menores de 23 años)
- Te garantiza el pago de un capital diario desde el primer día para el caso de internamiento del Asegurado en un hospital a causa de un accidente. La indemnización será el doble de la contratada durante la estancia en UVI / UCI.
Asistencia Personal (no contratable para hijos menores de 23 años)
Incluye las siguientes coberturas:
- Gastos de transporte o repatriación del Asegurado fallecido y de sus familiares.
- Gastos de estancia en el hospital u hotel del acompañante, en caso de hospitalización del Asegurado.
- Gastos de salvamento del Asegurado accidentado.
Además, en caso de hospitalización por accidente, el Asegurado podrá solicitar, gratuitamente, los servicios a domicilio del servicio de asistencia personal tales como:
- Servicio de personal de limpieza a domicilio.
- Servicio de profesionales sanitarios a domicilio.
- Servicio de cuidado de hijos menores de 10 años, minusválidos o ascendientes mayores de 70 años con dependencia del Asegurado.
- Servicio de farmacia de guardia.
- Gastos de asistencia veterinaria en caso de accidente del animal doméstico de la familia.
- Servicio de asesoramiento jurídico.
Asistencia en Viaje
Esta garantía de contratación opcional incluye las siguientes coberturas:
- Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos.
- Transporte o repatriación de los Asegurados.
- Regreso anticipado del Asegurado por fallecimiento de un familiar.
- Billete de ida y vuelta para un familiar y gastos de hotel.
- Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
- Gastos para tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero.
- Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.
- Transporte o repatriación de fallecidos y de los Asegurados acompañantes.
- Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.
- Envío de medicamentos, documentos y objetos personales.
- Transmisión de mensajes urgentes.