Planes de Pensiones MAPFRE


Planes de Pensiones MAPFRE

Los planes de pensiones MAPFRE permiten a las personas interesadas en proteger su jubilación ahorrar de una forma totalmente flexible ya que se ajustan a cualquier perfil de ahorrador para proporcionar la mayor rentabilidad. Por lo tanto, y según las necesidades de cada usuario, pueden elegir entre los planes de pensiones Renta FP, Renta Largo FP, Renta Mixta FP, Crecimiento FP, Mixto Europa FP, América Pensiones FP o el plan de pensiones Europa FP.


Planes de Pensiones MAPFRE RENTA 

Fondo que invierte el 100% en renta fija, tanto pública como privada, a través de activos pertenecientes a países de la Unión Monetaria Europea y de la OCDE y de valores en euros emitidos por sociedades de elevada solvencia, predominando los activos a corto-medio plazo. Se recomienda a partícipes conservadores que busquen ante todo seguridad para su ahorro.

El plan de pensiones Renta FP de MAPFRE se recomienda a partícipes conservadores que busquen ante todo seguridad para su ahorro.  Es un fondo que invierte el 100% en renta fija, tanto pública como privada, a través de activos pertenecientes a países de la Unión Monetaria Europea y de la OCDE y de valores en euros emitidos por sociedades de elevada solvencia, predominando los activos a corto-medio plazo. Las aportaciones permitidas y las prestaciones establecidas por MAPFRE se detallan a continuación.

Aportaciones

Los planes de pensiones Renta FP de MAPFRE permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE RENTA LARGO

Invierte en renta fija, principalmente en activos de deuda pública de países de la Unión Monetaria Europea y de la OCDE, y en títulos de deuda privada emitidos por empresas de elevada solvencia. Está enfocado a un tipo de ahorrador moderado y su gestión se orienta al medio – largo plazo, buscando ofrecer una inversión con elevada rentabilidad.

El plan de pensiones Renta Largo FP de MAPFRE está enfocado a un tipo de ahorrador moderado y su gestión se orienta al medio – largo plazo, buscando ofrecer una inversión con elevada rentabilidad. Invierte en renta fija, principalmente en activos de deuda pública de países de la Unión Monetaria Europea y de la OCDE, y en títulos de deuda privada emitidos por empresas de elevada solvencia.

Aportaciones

Los planes de pensiones Renta Largo FP de MAPFRE permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE MIXTO

Fondo de renta fija mixta. Diversifica en mercados nacionales y extranjeros, sin superar un máximo de un 30% de la inversión en renta variable. El horizonte temporal es el medio-largo plazo. Recomendado a partícipes que les queda bastante tiempo para su jubilación asumiendo cierto riesgo a cambio de obtener rentabilidad a largo plazo.

El plan de pensiones Renta Mixta FP de MAPFRE es un fondo orientado a usuarios que aún estén lejos de la jubilación y estén dispuestos a asumir un riesgo moderado a cambio de obtener una rentabilidad mayor a largo plazo en comparación a la que proporcionan los activos de renta fija. Es un fondo de renta fija mixta, con una política de inversiones diversificada en la que el límite máximo de renta variable es del 30 por ciento, contando con una pequeña presencia de inmuebles en la cartera. Conozca todo lo que necesita saber sobre las aportaciones permitidas y sus prestaciones.

Aportaciones

Los planes de pensiones Renta Mixta FP permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE CRECIMIENTO 

Fondo de renta variable mixta. Invierte un 70% en renta variable, estando el resto de su cartera invertido en renta fija. Dirigido fundamentalmente a participe joven que no le importa asumir riesgo a medio largo-plazo.

El plan de pensiones Crecimiento FP de MAPFRE está dirigido a jóvenes que no les importe asumir riesgo a medio largo-plazo. Invierte un 70% en renta variable, estando el resto de su cartera invertido en renta fija. Detallamos información relevante en cuanto a aportaciones y prestaciones.

Aportaciones

Los planes de pensiones Crecimiento FP permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE JUBILACIÓN ACTIVA

Fondo de Pensiones con vocación inversora Global.  Invierte entre un 50% y un 100% en renta fija internacional compuesta por deuda pública y corporativa tanto de países desarrollados como emergentes y, como máximo un 50% en renta variable global basada en las oportunidades que brindan los distintos países y sectores. Se dirige a partícipes que deseen constituir un ahorro destinado a su jubilación con un perfil de inversión moderado y que buscan rentabilidad, estabilidad y consistencia a largo plazo.

El plan de pensiones JUBILACIÓN ACTIVA de MAPFRE es un fondo de pensiones con vocación inversora Global.  Invierte entre un 50% y un 100% en renta fija internacional compuesta por deuda pública y corporativa tanto de países desarrollados como emergentes y, como máximo un 50% en renta variable global basada en las oportunidades que brindan los distintos países y sectores. Se dirige a partícipes que deseen constituir un ahorro destinado a su jubilación con un perfil de inversión moderado y que buscan rentabilidad, estabilidad y consistencia a largo plazo.

Aportaciones

El plan de pensiones MAPFRE JUBILACIÓN ACTIVA permite, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE AMÉRICA

Fondo de renta variable. Invierte en acciones cotizadas en EE.UU. Está enfocado al medio-largo plazo. Se recomienda especialmente a partícipes jóvenes que les queda mucho tiempo hasta su jubilación y que deseen arriesgar para obtener a largo plazo una excelente rentabilidad a través de la Bolsa norteamericana.

El plan de pensiones América Pensiones FP de MAPFRE es un fondo que se  recomienda especialmente a partícipes jóvenes que les queda mucho tiempo hasta su jubilación y que deseen arriesgar para obtener a largo plazo una excelente rentabilidad a través de la Bolsa norteamericana. Invierte en acciones cotizadas en EE.UU. Está enfocado al medio-largo plazo. Detallamos las aportaciones permitidas y sus prestaciones.

Aportaciones

Los planes de pensiones América Pensiones FP permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.

Planes de Pensiones MAPFRE EUROPA

Fondo de renta variable. Invierte en mercados europeos con un horizonte temporal a medio-largo plazo. Tiene un elevado riesgo por lo que se recomienda para participes jóvenes que prefieran una mayor diversificación al tratarse de valores bursátiles de diferentes países.

El plan de pensiones Europa FP de MAPFRE tiene un elevado riesgo por lo que se recomienda para participes jóvenes que prefieran una mayor diversificación al tratarse de valores bursátiles de diferentes países. Invierte en mercados europeos con un horizonte temporal a medio-largo plazo. Las aportaciones permitidas y sus prestaciones más importantes son las siguientes.

Aportaciones

Los planes de pensiones Europa FP permiten, actualmente, un límite máximo de aportación de 8.000 euros.

Es un límite común para la suma de las aportaciones realizadas por el propio partícipe y las imputadas por la empresa, en el caso de los planes de empleo.

Los asegurados se podrán reducir en IRPF las aportaciones efectuadas en los distintos sistemas de previsión social, tomando como límite fiscal la menor de las dos siguientes cantidades:

  • El 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
  • 8.000 euros anuales.

Este límite es común para la suma de todas las aportaciones y, en su caso, contribuciones a los distintos sistemas de previsión social:

  • Fondos de Pensiones.
  • Mutualidades.
  • PPA’s.
  • Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).
  • Seguros de Dependencia.

Se podrán reducir, en los cinco ejercicios siguientes, las aportaciones y contribuciones imputadas que no hayan podido haberse reducido por insuficiencia de la base imponible y que no hayan sido objeto de reducción por aplicación del límite porcentual del 30 por ciento de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Prestaciones

Las prestaciones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo, computándose en su totalidad, con independencia de la forma de cobro elegida. Sin embargo, según el régimen transitorio aplicable a los Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados y para los derechos correspondiente a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, se mantiene la anterior reducción del 40% pero se limita al ejercicio que acaezca la contingencia o los dos siguientes en las contingencias nuevas (acaecidas a partir del 1 de enero de 2015). Para las contingencias antiguas existen las siguientes excepciones:

  • Para contingencias acaecidas entre 2011 y 2014, se podrá aplicar durante 8 años.
  • Para contingencias acaecidas en 2010 o antes, se podrá aplicar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2018.
Otros impuestos

En cuanto a otros impuestos relacionados es importante tener en cuenta que:

  • Los Derechos Consolidados de los Planes de Pensiones y el valor de rescate de los PPA están exentos de tributación en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Las prestaciones recibidas por los beneficiarios, en el supuesto de fallecimiento del partícipe titular, no tributan en el Impuesto de Sucesiones. Lo deben hacer como rendimientos del trabajo.
  • Fiscalidad general aplicable sin perjuicio de las modificaciones que puedan establecer las Comunidades Autónomas.